Responsabilidad de las personas jurídicas en la Unión Europea
ComplianceKeys#9
La regulación de la responsabilidad corporativa por la comisión de delitos o infracciones administrativas en el seno de las empresas difiere notablemente entre los diferentes Estados Miembros de la Unión Europea.
En efecto, actualmente no existe una directiva o reglamento comunitario que unifique la regulación sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por aquellos delitos o infracciones administrativas que se cometan en su esfera de competencia. A pesar de ello, sí que existen varias directivas que abogan por una persecución homogénea de determinados delitos a nivel europeo. Por ejemplo, entre otras:
- Directiva 2017/1371, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal;
- Directiva 2018/1673, de 23 de octubre de 2018, relativa a la lucha contra el blanqueo de capitales mediante el Derecho penal;
- Directiva 2008/99/CE, de 19 de noviembre, relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho Penal; o
- Directiva 2011/36, de 5 abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas.
En consecuencia, la ausencia de un texto legal armonizado a nivel comunitario implica que los Estados Miembros tengan que legislar a nivel nacional sobre cómo configurar la responsabilidad de las personas jurídicas, provocando notables diferencias entre los países.
Ciertamente, esta disparidad en las regulaciones nacionales afecta (i) a la propia naturaleza de la responsabilidad (penal vs. administrativa); (ii) a los delitos o infracciones administrativas susceptibles de generar responsabilidad corporativa (listado cerrado vs. listado abierto); (iii) el estatus y la regulación procesal de la responsabilidad corporativa (procedimiento penal vs. procedimiento administrativo); (iv) y la posibilidad de evitar o disminuir la responsabilidad corporativa (previsión legal de exención de responsabilidad vs. ausencia de previsión legal), entre otras cuestiones.
A continuación, se adjunta una tabla con un resumen del estado de la cuestión en los veintisiete (27) Estados Miembros de la Unión Europea:
País | Naturaleza de la responsabilidad | Listado cerrado o abierto de delitos / infracciones | Posibilidad legal de exención por disponer de Compliance |
Alemania | Administrativa | Listado abierto | No |
Austria | Penal | Listado abierto | Sí |
Bélgica | Penal | Listado abierto | No |
Bulgaria | Administrativa | Listado cerrado | No |
Chipre | Penal | Listado abierto | No |
Croacia | Penal | Listado abierto | No |
Dinamarca | Penal | Listado abierto | No |
Eslovaquia | Penal | Listado cerrado | No |
Eslovenia | Penal | Listado cerrado | No |
España | Penal | Listado cerrado | Sí |
Estonia | Penal | Listado cerrado | No |
Finlandia | Penal | Listado cerrado | Sí |
Francia | Penal | Listado abierto | No |
Grecia | Administrativa | Listado cerrado | No |
Hungría | Penal | Listado abierto | No |
Irlanda | Penal | Listado cerrado | No |
Italia | Administrativa | Listado cerrado | Sí |
Letonia | Administrativa | Listado abierto | No |
Lituania | Penal | Listado cerrado | No |
Luxemburgo | Penal | Listado abierto | No |
Malta | Penal | Listado cerrado | No |
Países Bajos | Penal | Listado abierto | No |
Polonia | Administrativa | Listado cerrado | No |
Portugal | Penal | Listado cerrado | Parcial |
República Checa | Penal | Listado cerrado | No |
Rumanía | Penal | Listado abierto | No |
Suecia | Administrativa | Listado abierto | No |
Departamento de Compliance de Molins Defensa Penal.