Pau Molins, en La Vanguardia: “La presión que hay en los casos mediáticos hace mella en algunos magistrados”
El abogado Pau Molins lleva la defensa del expresidente del Barça Sandro Rosell y del exconseller Santi Vila, mientras que su socio de despacho, Jordi Pina, representa a los exconsellers Josep Rull y Jordi Turull, así como a Jordi Sànchez. Molins afirma que la prisión preventiva se está aplicando de forma anómala.
¿Qué le parece cómo se están aplicando las medidas de prisión preventiva en España?
Depende.La gran mayoría de juzgados de instrucción ordinarios hacen un uso bastante contenido de esta medida. Por el contrario, en los juzgados de la Audiencia Nacional la regla general para ciertos delitos es la prisión preventiva de las personas investigadas y esto supone una absoluta anomalía en un sistema jurídico en el que la privación de libertad de un inocente, a quien todavía no se ha juzgado, debería ser algo absolutamente excepcional.
¿Tienen fundamento las acusaciones a los exconsellers de rebelión, sedición y malversación?
Los indicios en los que la Fiscalía sustenta muchas de sus imputaciones son, a mi juicio, muy débiles. Especialmente en la fundamentación de que ha existido violencia. Además, creo que algunas de las imputaciones están sencillamente exageradas para propiciar, precisamente, la prisión provisional.
¿Por qué considera que no concurre el delito de rebelión?
El mero dictado de leyes o resoluciones de ninguna manera puede equipararse con la realización de un alzamiento público y violento exigido por el delito. Tampoco la realización de movilizaciones de protesta pacífica por parte de los ciudadanos, que sólo han pretendido expresar opiniones políticas. Unos motivos que, por sí solos, deberían determinar la atipicidad de los hechos imputados por la Fiscalía, en los que falta absolutamente cualquier atisbo de violencia.
¿Y en cuanto a la malversación de caudales públicos?
Por la supuesta malversación la juez Lamela ha impuesto una fianza civil de más de seis millones de euros, coincidente con el importe de una partida inicialmente destinada a organizar el referéndum del 1-0, que ahora el interventor de la Generalitat y hasta el propio ministro de Hacienda certifican que no se ha tocado. El Tribunal Supremo ha dicho respecto a los miembros del Parlament que tal fianza no procede y, sin embargo, la juez Lamela la sigue exigiendo. Es inexplicable tal disparidad de criterios. En todo caso, es el Tribunal Supremo quien marca el camino a los órganos inferiores, nunca al revés.
¿Cómo se financió el referéndum? Santi Vila afirmó que con donativos de particulares.
Lo que sí dijo Santi Vila es que no se destinó dinero público a la organización del referéndum porque tras la suspensión dictada por el Tribunal Constitucional, el Govern decidió bloquear dicha partida presupuestaria. Y eso es lo único importante a los efectos de neutralizar la malversación. Es la Fiscalía a quien le corresponde acreditar lo contrario, cosa que no ha hecho.
¿Cree que el fiscal y la juez Lamela han forzado el código penal?
Desde luego, y no sólo es mi opinión: hace unos días más de cien profesores de Derecho penal –la mayoría de fuera de Catalunya y entre ellos hasta una ex vicepresidenta del Tribunal Constitucional–, firmaron un manifiesto para denunciar estas exageraciones en la calificación de los hechos.
La Audiencia Nacional fue creada para juzgar el terrorismo y narcotráfico, ¿se tendría que suprimir?
En su día la Audiencia Nacional se justificó para procesar a organizaciones criminales con alcance nacional y para evitar que los miembros de ETA fueran juzgados en el País Vasco. En la actualidad urge que el legislador se replantee su existencia, ya que efectúa un uso selectivo de sus competencias. Si un tema le interesa (Barça, Neymar, Sandro, los Pujol o el procés), recurre a interpretaciones forzadas de sus propias reglas para poder investigarlo, cuando en otros casos similares ha rechazado su competencia. Por ejemplo, no tiene sentido que ahora la Audiencia Nacional diga que es competente para perseguir una supuesta rebelión en Catalunya cuando, en el año 2008, para evitar que Baltasar Garzón investigara el “alzamiento nacional”, que dio lugar a la Guerra Civil, el Pleno de la Audiencia Nacional afirmó que este delito nunca había sido de su competencia.
¿Por qué el fiscal llevó el caso a la Audiencia Nacional?
Porque se trata de un tribunal especialmente implacable que tiene facilidad para acordar prisiones preventivas, a diferencia de otras instancias judiciales. En el caso de los exconsellers se actuó con una celeridad inusitada en el mundo de la justicia. La juez Lamela admitió la querella a las pocas horas de ser presentada por el Fiscal, citó a los imputados en día festivo y no concedió ni 24 horas de margen a las defensas. En paralelo, el Instructor del Tribunal Supremo otorgó un plazo de una semana a los miembros del Parlament, y ahora están todos en libertad. Por su parte, el TSJC todavía no ha citado a los consellers imputados, cuando la querella del Fiscal se había formulado dos meses antes.
¿Los exconsellers y la Mesa del Parlament tendrían que haber sido juzgados por en el TSJC?
El juez ordinario del caso debería ser el TSJC, al haber personas aforadas en Catalunya. Y así lo hizo el propio fiscal cuando presentó las querellas de septiembre ante el TSJC tras la aprobación del referéndum y las leyes de desconexión. Por ello, incluso la competencia del Tribunal Supremo es discutible. Sin embargo, hay que reconocer que el Tribunal Supremo ha actuado con un respeto por los derechos fundamentales de las personas investigadas que está a años luz de la Audiencia Nacional.
¿Qué estrategia utilizó Santi Vila?
Santi Vila se retiró del Govern antes de la DUI proclamada en el Parlament el 27-O. Por ello, la juez interpretó que habría desistido de los supuestos delitos y las imputaciones que se dirigen contra él son menos graves, aunque a pesar de ello, también se le impuso prisión provisional, con la única diferencia, respecto a los otros exconsellers, que la ha podido eludir con la prestación de una fianza de 50 mil euros. Decisión que la tengo recurrida. Si Santi Vila hubiera declarado ante el Tribunal Supremo cabe pensar que le hubieran dejado en libertad sin fianza, como ocurrió con el señor Nuet. Y el resto de exconsellers, hoy no estarían en prisión.
¿Los exconsellers deberían apostar por la “vía Forcadell” para quedar en libertad?
Lo que debe valorar un juez de instrucción para decretar la prisión preventiva es si hay garantías de que los investigados no huyan, no destruyan pruebas ni cometan nuevos delitos. Debería bastar con el hecho de que ya no están al frente del Govern , porque fueron cesados tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución, y que la mayoría de ellos son candidatos a las elecciones autonómicas del 21-D, por lo que acataron la aplicación de la legalidad vigente. Pedir adhesiones ideológicas para justificar una puesta en libertad sería algo impropio de un Estado autoproclamado de Derecho, donde rige el pluralismo político y ser independentista no es ningún delito en sí mismo.
¿Por qué Urdangarin, con sentencia de 6 años de cárcel, está en Suiza y con pasaporte?
Porque se entiende que no hay ningún riesgo de que huya. La situación normal en un Estado democrático que respeta la presunción de inocencia, es permanecer en libertad hasta que exista una sentencia condenatoria firme y definitiva, lo que todavía no ha ocurrido en el caso Nóos. Lo que es “anormal” es lo que ocurre con los exconsellers, con los líderes de la ANC y de Òmnium y con otros presos como Sandro Rosell, encarcelado desde hace seis meses sin juicio.
Estar en la cárcel tantos meses y sin juicio, desalentador…
Es el máximo castigo que puede recibir una persona, y no sólo por la pérdida de libertad si no por otras medidas inherentes, como son las condiciones (pasan mucho frío porque hay pocas horas de calefacción, comen mal, les quitan el móvil y tienen la comunicación exterior muy limitada…). Además el escarmiento se proyecta hacia las familias de los presos, esposa, hijos pequeños, padres mayores, muchos de ellos dependientes del encarcelado.
¿Cree que los exconsellers quedarán pronto en liberta?
Confío en que muy pronto todos ellos puedan recobrar la libertad y participar en las elecciones.
¿Los pueden inhabilitar?
Si los exconsellers fueran condenados por desobediencia, como sucedió en el caso del 9-N, podrían ser inhabilitados, lo que supondría un serio problema si tras las elecciones alcanzan cargos públicos. Pero mientras no sean condenados en sentencia firme, pueden ser candidatos y resultar elegidos. Cosa distinta es cómo se puede participar en igualdad de condiciones en una contienda electoral, o ejercer un cargo en el Govern de la Generalitat si están encarcelados.
¿Está politizada la justicia?
En la gran mayoría de casos los jueces son independientes al tomar sus decisiones, lo que no significa que siempre acierten. La diferencia en los casos mediáticos es que hay una presión ambiental muy fuerte para que se decida en un determinado sentido y es fácil que dicha presión acabe haciendo mella en algunos magistrados, incluso de manera inconsciente. Yo continuo confiando en la independencia de los tribunales, como lo demuestra la postura adoptada por el instructor del Tribunal Supremo, que ha tomado decisiones distintas a las solicitadas por el fiscal. Lo lógico sería que si el Fiscal no recurrió la puesta en libertad de los miembros del Parlament, ahora solicitara a la Audiencia Nacional la inmediata puesta en libertad de los exconsellers y de los Jordis, sin esperar a que lo pidieran las defensas o lo tuviera que acordar el Tribunal Supremo.
Entrevista de Marta Forn en La Vanguardia 25 de noviembre de 2017. Ver link a entrevista