La defensa de Cristiano no le sirvió a Messi. Artículo de Jorge Navarro
El Mundo ha publicado el artículo de Jorge Navarro, abogado y socio de Molins & Silva, «La defensa de Cristiano no le sirvió a Messi». Texto íntegro del artículo:
La estrategia de Cristiano Ronaldo pivota en dos extremos. Por un lado en cuestionar la cuantificación de una parte de lo cobrado por la cesión de sus derechos de imagen, que se consideran rentas que deben tributar en España y que no ha habido ocultación. Por otro lado, en la confianza en sus asesores que le aconsejan.
En el primer caso es una cuestión de criterios, de interpretaciones de la norma de carácter fiscal. Nos encontramos ante un supuesto de los denominados de «economía de opción», en los que el obligado tributario toma la decisión más ventajosa en sus relaciones jurídico-tributarias dentro del marco de la legalidad vigente. Ello excluye la voluntad de defraudar, como elemento necesario en el delito fiscal.
El segundo aspecto es un tema de no autoría. Se delega en sus asesores la posible responsabilidad de sus obligaciones fiscales, como suele ser habitual, pero no siempre resulta efectivo. El reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo en el caso de Messi no deja lugar a las dudas. Cuando alguien delega siguen existiendo deberes. Hay que analizar si se mantiene la competencia para recabar la información de su cumplimiento por el asesor. En este caso, el Supremo señala que más que una causa que pueda exonerar de responsabilidad ello puede conllevar la responsabilidad penal de los distintos partícipes a modo de «asociación horizontal». La sentencia dice «resulta extraño el concepto mismo de delegación. La distribución de funciones entre los partícipes acarrea entonces acumulación de responsables criminales. En ningún caso exoneración de ninguno».
Se plantea habitualmente como estrategia de defensa que un asesor genera un error en el obligado tributario y que, consecuencia de ello, incumpla, sin voluntad de defraudar. Prueba ésta que sí le incumbe acreditar a la defensa.
En cualquier caso, respetemos la presunción de inocencia, que los juicios paralelos pueden estigmatizar sin beneficiar a nadie.
Publicado en El Mundo el 31 de julio de 2017. Ver: http://www.elmundo.es/deportes/futbol/2017/07/31/597f8283ca4741ff188b45a8.html